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EQUIPO DIRECTIVO

Salvando siempre las competencias que la legislación y este Reglamento de Régimen Interno asignan a cada unas de los miembros del equipo Directivo como órganos unipersonales, queremos resaltar, basados en la experiencia positiva de los últimos años, la trascendencia que e Equipo directivo tiene como órgano colegiado, para la buena planificación y puesta en práctica de la acción educativa.

Su función será:
Debatir conjuntamente los temas, a tratar de unificar criterios y tomar decisiones en forma colegiada en relación con todos aquellos asuntos que afectan directamente a las actividades académicas y formativas, es decir, a la acción educativa global del Centro.

María Sarrió Sánchez (Directora)
Mª Mar García (Secretaria)
Elvira Sevilla (Jefa de Estudios)

Días de atención a padres

La directora recibirá los lunes y los miércoles de 10:00 a 11:00 h.

La jefa de estudios recibirá los martes de 9:00 a 10:00 h. y los miércoles de 15:30 a 16:30 h.

Es necesario concertar previamente la cita en Secretaría.

Directora - Competencias

  • Ejercer la jefatura del personal docente en la programación y realización de la acción educativa escolar.
  • Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar, Equipo Directivo y el Claustro de Profesores.
  • Visar las certificaciones y los documentos académicos del Centro.
  • Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de sus facultades y dar la información que corresponda a los diversos establecimientos de la comunidad educativa.
  • Colaborar y asesorar al titular en los que respecta a la cualificación del personal en las facetas profesionales y educativa.
  • Promover y coordinar la renovación pedagógico-didáctica del Centro y el funcionamiento de ciclos y departamentos.
  • Velar por el cumplimiento del calendario escolar.
  • Proponer al titular el nombramiento de los cargos directivos.
  • Proponer al titular la adquisición del material didáctico necesario para el desarrollo de la acción docente educativa de los Profesores.
  • Promover y coordinar las actividades complementarias y extraescolares, con la colaboración de los otros miembros del Equipo Directivo, o el Claustro de Profesores y de la Junta de la Asociación de Padres.
  • Cumplir y hacer cumplir las normas vigentes relativas al Plan de Estudios.
  • Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas componentes en cumplimiento de la legislación vigente.
  • Ejercer las competencias en la adopción de sanciones fijadas.
  • El Director es nombrado por la Titularidad, previo acuerdo con el Consejo Escolar en el Decreto 15/2007.
  • El mandato del Director será de cuatro años, y podrá ser renovado. El cese del Director antes de acabar su mandato requerirá el acuerdo entre la Titularidad y el Consejo Escolar del Centro.

(En conformidad con la legislación, la Titularidad estudiará la conveniencia de nombrar directores de niveles.)

Jefa de Estudios - Competencias

  • Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
  • Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos en relación con el Proyecto Educativo, los Proyectos Curriculares de Etapa y la Programación General de Aula y, además, velar por su ejecución.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos, maestros y profesores de acuerdo con las necesidades y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por el su estricto cumplimiento.
  • Coordinar las tareas de los Equipos de Ciclo y de los Jefes de Departamento.
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores con la colaboración en su caso del Departamento de Orientación, conforme al plan de acción tutorial.
  • Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
  • Organizar los actos académicos.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
  • Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en este Reglamento y los criterios fijados por el Consejo Escolar.
  • Organizar la atención y cuidados de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.
  • Ejecutar las competencias.


Secretaria - Competencias

  • Actuar cono Secretaria del Claustro de profesores, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
  • Custodiar los libros y archivos de carácter académico del Centro.
  • Expedir las certificaciones académicas que soliciten las autoridades y los interesados.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la Programación General Anual, junto con el resto del equipo Directivo.
  • Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencia.